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	<title>El Blog de Pilar López Marco</title>
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	<description>Tanto como saber, me agrada dudar</description>
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		<title>Los jueces no saben qué hacer con la violencia de género</title>
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		<pubDate>Wed, 13 Oct 2010 15:15:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
				<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>

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		<description><![CDATA[El delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, descarta modificar esta ley porque considera que "hay consenso en que es muy buena". Sorprenden estas declaraciones cuando los propios jueces no tienen claro cómo interpretarla. Se están sucediendo resoluciones dispares en distintos juzgados de España. En algunos, un empujón del hombre a su pareja durante una discusión se considera automáticamente como un delito de malos tratos sancionado con pena de prisión, mientras que el mismo hecho cometido por la mujer se castiga como una simple falta de lesiones con una pena de multa. Otras audiencias, como la de Murcia, vienen exigiendo para aplicar esa agravación al varón que se constate que actuó movido por motivos machistas, atendiendo a la redacción literal de la Ley de Violencia de Género y a la doctrina del Constitucional.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, descarta modificar esta ley porque considera que &#8220;hay consenso en que es muy buena&#8221;. Sorprenden estas declaraciones cuando los propios jueces no tienen claro cómo interpretarla. Se están sucediendo resoluciones dispares en distintos juzgados de España. En algunos, un empujón del hombre a su pareja durante una discusión se considera automáticamente como un delito de malos tratos sancionado con pena de prisión, mientras que el mismo hecho cometido por la mujer se castiga como una simple falta de lesiones con una pena de multa. Otras audiencias, como la de Murcia, vienen exigiendo para aplicar esa agravación al varón que se constate que actuó movido por motivos machistas, atendiendo a la redacción literal de la Ley de Violencia de Género y a la doctrina del Constitucional.</p>
<p>Esta última es la línea jurisprudencial que se está consolidando en el Tribunal Supremo: aplicar el tipo de violencia de género sólo cuando la acción agresiva tiene connotaciones con la “subcultura machista”, como en el suceso en el hombre había prohibió a la mujer salir a la calle con determinado pantalón (STS 58/2008). Es decir, como afirma el TS, no procede la agravación automática cuando la conducta del varón no es “expresión de una voluntad de sojuzgar a la pareja o de mantener una situación de dominación sobre la mujer colocando a ésta en un rol de inferioridad y subordinación en la relación sentimental”. Es el juez quien ha de valorar la prueba practicada y verificar si concurre ese móvil subjetivo que justifica sancionar más gravemente los mismos hechos cuando el autor es hombre que cuando es una mujer.</p>
<p>Dicha interpretación coincide con la posición mantenida por UPyD durante la tramitación de la reciente reforma del Código Penal aprobada el pasado mes de junio. Rosa Díez presentó y defendió una serie de enmiendas para eliminar esa asimetría penal en función del sexo del agresor sin dejar de combatir este tipo de violencia intolerable. Se proponía para ello la introducción de la agravante genérica de actuar por motivos machistas, de la misma manera que se combate la xenofobia con la agravante de «cometer el hecho por motivos racistas», pero no siempre que la víctima pertenezca a una raza distinta de la del agresor se aplica mayor pena automáticamente, sino que es necesario probar que el autor obra movido por el móvil racista.</p>
<p>Aunque varios diputados reconocieron el privado lo razonable de la propuesta de UPyD, dichas enmiendas fueron rechazadas por todos los Grupos de la Cámara sin tan siquiera molestarse en debatir la cuestión o argumentar razonadamente los motivos de su oposición. El PSOE se limitó a decir que la vigente regulación del Código Penal ya incluía la agravante cuando el delito se comete por discriminación basada en el sexo u orientación sexual. Sin embargo, ello supone desconocer la doctrina del Constitucional: “como el término “género” que titula la Ley y que se utiliza en su articulado pretende comunicar, no se trata de una discriminación por razón de sexo. No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios.” (STC 59/2008).</p>
<p>Por su parte, el PP se halla sumido en la contradicción. Mientras que en el 2004 entendía  que no se debe castigar de forma diferente un mismo hecho en función del sexo del autor y la víctima, tal y como consta en el Diario de Sesiones, acaba de presentar una proposición de ley para que la declaración de la mujer ante el Juzgado de Violencia se considere como prueba, sin necesidad de que declare en el juicio y privando así al juez de la posibilidad valorar en persona su testimonio, lo que también le puede impedir reconocer denuncias falsas que se producen por celos o mero interés, como constatan algunas resoluciones judiciales.</p>
<p>Por cierto, hablando de diarios de sesiones, resulta curioso comprobar como en abril de 1983, durante el debate sobre el proyecto de reforma del Código Penal, el Grupo socialista argumentaba su posición en contra del mantenimiento de la entonces vigente agravante de desprecio de sexo para los actos violentos contra las mujeres con estas palabras:</p>
<p><em>(…) Hay que acabar con el mito de la debilidad de la mujer frente al hombre y con todas las secuelas que ese mito trae consigo en la práctica, desde el aspecto laboral hasta el aspecto de las relaciones humanas, conyugales, etcétera. En consecuencia, la supresión de una fórmula específica de agravación por razón de sexo -que choca incluso contra lo que ya dice la Constitución y que no aporta sino ideas manidas y en cierto modo dieciochescas de la sociedad-, es un avance sin perjudicar en absoluto al sexo contrario, del que, afortunadamente, como S.S. ha dicho, los hombres conservamos notables diferencias, y por muchos años. (Risas).</em></p>
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		<title>Contra la corrupción</title>
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		<pubDate>Sat, 12 Dec 2009 11:41:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
				<category><![CDATA[Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

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		<description><![CDATA[9 de noviembre: Día Internacional contra la Corrupción.
La corrupción es una plaga de consecuencias corrosivas para la sociedad. No sólo socava la democracia, sino que distorsiona los mercados y menoscaba la calidad de vida. Así se recoge en el prefacio de la Convención de la ONU contra la corrupción que entró en vigor en diciembre [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>9 de noviembre: Día Internacional contra la Corrupción.</p>
<p>La corrupción es una plaga de consecuencias corrosivas para la sociedad. No sólo socava la democracia, sino que distorsiona los mercados y menoscaba la calidad de vida. Así se recoge en el prefacio de la Convención de la ONU contra la corrupción que entró en vigor en diciembre de 2005. En dicho instrumento, la Asamblea General, a fin de aumentar la sensibilización respecto de esta lacra, decidió proclamar el 9 de diciembre Día Internacional contra la Corrupción.</p>
<p>La Convención fue ratificada por España el 9 de junio de 2006, por lo que forma parte del ordenamiento interno de nuestro país. Ello implica que las normas relativas a los derechos fundamentales han de interpretarse conforme a las previsiones de dicho texto internacional, entre ellos el derecho a la intimidad, bajo el que muchas veces se amparan los gobiernos autonómicos, ya sean del PSOE o del PP, para no facilitar determinadas informaciones, como los listados de personal de empresas o entidades con participación pública que escapan al control presupuestario y proliferan en España como auténticas «agencias de colocación» para los amigos del poder político de turno.</p>
<p>Entre otras medidas preventivas, la Convención recomienda a los Estados Parte que establezcan sistemas contratación y promoción de empleados públicos basados en principios de eficiencia y transparencia y en criterios objetivos como el mérito, la equidad y la aptitud. Todo lo contrario de lo que sucede en nuestro país. Según el último boletín estadístico del Personal al Servicio de las administraciones públicas, el 86% de los empleados públicos tienen carácter laboral o eventual, incluidos cargos de confianza. De hecho, el uso y hasta abuso del sistema de libre designación facilita las prácticas corruptas. Así por ejemplo, el puesto de trabajo de muchos de los funcionarios encargados de controlar la adecuación a la legalidad de la actuación administrativa y la proporcionalidad de los gastos en que incurren los cargos públicos, (incluidos viajes, comidas y obsequios), depende de estos últimos. A las dificultades del control interno se suma el retraso endémico en la elaboración de los informes de los Tribunales de Cuentas, encargados de la fiscalización externa, y sus escasas consecuencias prácticas.</p>
<p>La Convención contempla asimismo medidas para facilitar que los funcionarios públicos denuncien todo acto de corrupción a las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de ellos en el ejercicio de sus funciones. Son los denominados «canales éticos», un sistema anónimo y confidencial a través del cual los funcionarios y ciudadanos pueden denunciar irregularidades y que funciona desde hace años en países como Suecia, Holanda o Canadá. La transparencia en las cuentas públicas y el establecimiento de suficientes controles contables internos, con procedimientos apropiados de auditoría y certificación también en la empresa privada, merecen también un lugar destacable entre los instrumentos para ayudar a prevenir y detectar los actos de corrupción,</p>
<p>Dentro del capítulo de «participación ciudadana» en la lucha contra la corrupción, la Convención recomienda garantizar el derecho a acceder libre y gratuitamente a los expedientes y documentos oficiales sin necesidad de acreditar un interés legítimo, como se exige ahora en España. El nuestro es precisamente uno de los pocos países de la UE, junto con Luxemburgo, Malta, Chipre y Grecia, que no cuenta aún con una Ley de Acceso a la Información. Esta es una de las promesas incumplidas del PSOE que en su programa electoral para las elecciones generales de 2004, antes de llegar al poder, afirmaba:</p>
<p>Desde un gobierno socialista impulsaremos una Ley sobre el derecho al libre acceso a la Información, que garantice que todos los poderes, autoridades públicas y entidades sostenidas con fondos públicos, faciliten, en tiempo útil, el libre acceso a toda información o documento oficial, con la única excepción de lo que atente a la legislación de protección de datos o de secretos oficiales. La autoridad requerida deberá motivar, en su caso, su negativa a dar información o documentación. La garantía del derecho a la libre información la ejercerá una Autoridad independiente elegida por el Congreso de los Diputados, por mayoría cualificada, con facultades para obligar a las Administraciones Públicas a la entrega inmediata de la información o dato solicitado.</p>
<p>En lugar de promover sin el necesario consenso iniciativas legislativas que no estaban en su programa y dividen a los españoles, el Gobierno debería explicar por qué ha olvidado tramitar este tipo de normas que a buen seguro desempeñarían un papel disuasorio frente a la corrupción. Como afirma el presidente de la Asociación Pro Transparencia de las Cuentas Públicas: «no se trata tanto de conocer en qué se gasta el dinero, sino de que los responsables públicos sepan que los ciudadanos podemos llegar a averiguarlo con facilidad, y les inquiete, o cuando menos, les dé vergüenza».</p>
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		<title>Normalización Lingüística en Aragón</title>
		<link>http://pilar.lopezmarco.com/2009/09/16/hello-world/</link>
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		<pubDate>Wed, 16 Sep 2009 07:43:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
				<category><![CDATA[Lenguas]]></category>

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		<description><![CDATA[El Grupo Socialista presentó en julio su Proposición de Ley de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón. Dicha propuesta puede considerarse inconstitucional al establecer de forma encubierta la cooficialidad del aragonés y el catalán, lenguas que ni siguiera se mencionan en el Estatuto de Autonomía.
Según el Tribunal Constitucional, una lengua es [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Grupo Socialista presentó en julio su Proposición de Ley de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón. Dicha propuesta puede considerarse inconstitucional al establecer de forma encubierta la cooficialidad del aragonés y el catalán, lenguas que ni siguiera se mencionan en el Estatuto de Autonomía.</p>
<p>Según el Tribunal Constitucional, una lengua es oficial cuando los poderes públicos la reconocen como medio normal de comunicación con los ciudadanos, con plena validez y efectos jurídicos. Y eso es lo que establece la proposición socialista: «Cualquier persona podrá dirigirse por escrito a las Cortes de Aragón en cualquiera de las lenguas propias de Aragón» (art. 23.2). Asimismo, reconoce a los interesados el derecho a utilizar esas lenguas en los procedimientos administrativos en las zonas de uso predominante. La respuesta de las Administraciones se realizará en su «lengua propia» y también en castellano, aunque deberán procurarse «los medios necesarios para facilitar las comunicaciones orales de los ciudadanos en las lenguas propias en las respectivas zonas de utilización histórica predominante» (art. 21).</p>
<p>El artículo 3 de la Constitución admite otras lenguas oficiales, junto con el castellano, pero para ello es preciso un pronunciamiento expreso en el correspondiente Estatuto de Autonomía. Sin embargo, en el Estatuto aragonés no se especifica cuáles son esas “lenguas y modalidades lingüísticas propias”, porque mantener esa ambigüedad fue la única manera de conseguir su aprobación. «Desde el punto de vista de las lenguas hemos llegado hasta donde hemos podido –respondió Iglesias al portavoz de CHA en el Congreso, que pedía que nombrasen el catalán y el aragonés como lenguas-. Si usted es capaz aquí de avanzar más sin perder un solo voto, estaremos encantados.»</p>
<p>Queda la duda de si el legislador se quiso referir a la fabla, el chistavino, el benasqués, el tensino, el tamaritano, el fragatino, o el chapurriau, como reivindican el PP y el PAR. O si pensaba en el aragonés y el catalán, como parece apoyar ahora el PSOE, a pesar de que durante la tramitación legislativa rechazó las enmiendas de CHA en este sentido. Esa es la cuestión que parece enfrentar a los políticos de siempre: andan más preocupados por los votos que pueden ganar o perder, según se posicionen a favor o en contra de llamar catalán a las modalidades lingüísticas que se hablan en las localidades de La Franja, que en las consecuencias de la llamada normalización lingüística sobre la igualdad de los ciudadanos españoles. Porque el reconocimiento del derecho a utilizar otras lenguas distintas del castellano en la relación con la Administración, como propone el PSOE, aunque sea en las denominadas zonas de uso predominante, puede provocar una clara discriminación en el acceso al empleo público: se acabará exigiendo o primando el conocimiento de las denominadas «lenguas propias» frente a los méritos o capacidad, como sucede en otras CCAA. Y ello por no hablar de los efectos sobre el bolsillo de los aragoneses en tiempos de crisis: nuevos órganos administrativos, producción y programación de contenidos en la correspondiente «lengua propia», traducciones, etc.<br />
No permitamos que nos «normalicen» también en Aragón.</p>
<p>Pilar López Marco<br />
Miembro del Consejo Político de UPyD</p>
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		<title>Sediciosos</title>
		<link>http://pilar.lopezmarco.com/2009/08/30/sediciosos/</link>
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		<pubDate>Sun, 30 Aug 2009 06:03:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
				<category><![CDATA[Nacionalismo]]></category>

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		<description><![CDATA[La versión digital del diario El País incluía hace unos días una encuesta sobre la siguiente cuestión: «¿Habría que aplicar los recortes al Estatuto de Cataluña que estime el Tribunal Constitucional?». De las primeras 1.189 respuestas, nada menos un 31%, es decir, 368 personas, afirma que «no», no hay que cumplir el fallo, sino que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La versión digital del diario El País incluía hace unos días una encuesta sobre la siguiente cuestión: «¿Habría que aplicar los recortes al Estatuto de Cataluña que estime el Tribunal Constitucional?». De las primeras 1.189 respuestas, nada menos un 31%, es decir, 368 personas, afirma que «no», no hay que cumplir el fallo, sino que «debe prevaler lo aprobado por el Parlament.»</p>
<p>Dejando a un lado la fiabilidad de este tipo de encuestas y lo exiguo de la participación, resulta realmente alarmante que se haga con toda naturalidad esa pregunta y que un elevado porcentaje de ciudadanos considere que las sentencias del máximo intérprete de nuestra Constitución no deben acatarse. Alarmante pero comprensible porque son los propios cargos públicos quienes vienen abonando impunemente dicha tesis, como Joan Ridao, diputado nacional y por lo tanto representante de todos los españoles. En una reciente entrevista de La Cope el portavoz de ERC en el Congreso rechazaba la legitimidad del Tribunal para decidir sobre la adecuación del Estatuto de Cataluña a la Constitución afirmando que «en Derecho comparado,nohay ningún tribunal ni ninguna corte suprema que pueda decidir en última instancia una ley de esta naturaleza, porque de hecho no hay ninguna ley en el mundo de esta naturaleza; no es cualquier Ley Orgánica, es un pacto político».</p>
<p>Por su parte, el consejero de Gobernación y Administraciones Públicas de la Generalitat y secretario general de ERC, Joan Puigcercós, aun va más allá, al considerar al Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, nada más y nada menos que un «prevaricador» por recurrir el Estatuto de Cataluña.</p>
<p>A ello cabe añadir el desafortunado llamamiento del Vicepresidente del Gobierno Catalán, Carod Rovira, a manifestarse en contra de la sentencia, antes siquiera de conocerla, en lo que la opinión publicada ha dado en llamar “manifestación preventiva”, para impedir que el Tribunal Constitucional «acabe anulando la voluntad libremente expresada por el pueblo catalán».</p>
<p>La realidad es que la Ley de reforma del Estatuto Catalán podría en todo caso considerarse fruto de la voluntad del «pueblo español» puesto que se trata de una Ley Orgánica aprobada en las Cortes Generales a iniciativa de los Parlamentos Autonómicos, que también son órganos estatales, les guste o no al señor Carod y al señor Ridao. Eso en teoría, pero, en la práctica, lo que tenemos en España es un «Estado de Partidos», en el que las leyes que se aprueban no son el fruto del estudio, el análisis concienzudo y orientado al interés general de todos los españoles, sino al interés del partido gobernante de perpetuarse en el Gobierno a costa incluso de ceder al chantaje del nacionalismo radical. De ahí que sus representantes se permitan el lujo de decir que engendros como el Estatuto de Cataluña son más que una Ley Orgánica; «un pacto político entre el Gobierno Central y el Gobierno catalán», al estilo de los pactos mafiosos que nadie se puede atrever a romper, porque te juegas la vida, en este caso la buena vida de que disfrutan muchos cargos públicos por apretar el botón que previamente se les indica cuando suena el timbre para ir a votar normas cuyo texto muchas veces sus señorías ni conocen y en cuyo debate no han estado presentes.</p>
<p>Un Presidente del Gobierno digno de ese cargo debería salir inmediatamente a deslegitimar este tipo de comentarios sediciosos y pedir la dimisión de sus autores. Porque aunque es cierto que el Tribunal Constitucional adolece hoy más que nunca de falta de credibilidad por la excesiva politización de sus magistrados, la solución pasa por cambiar el sistema de acceso o la composición del Tribunal. Lo que no podemos permitir es que cargos públicos deslegitimen sin consecuencias las eventuales decisiones del máximo intérprete de nuestra Constitución, y además sólo cuando no favorecen sus intereses, porque, seguramente, los mismos políticos que lo critican hoy, alabarían la sentencia y el buen hacer de los magistrados que secundasen el fallo favorable al Estatuto.</p>
<p>Así sucedió, por ejemplo, en el llamado «caso LOAPA», Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico, fruto de un pacto de Estado entre UCD y el PSOE (que muchos calificaron como deriva centralista del partido socialista y que hoy produce más que añoranza). La LOAPA, basada en el trabajo de expertos juristas, entre otros el hoy eurodiputado por UPyD Francisco Sosa Wagner, pretendía evitar que la entonces incipiente diversidad de disposiciones normativas de las CCAA produjera una desarmonía contraria al interés general (como efectivamente sucede hoy en día, con 17 leyes distintas para casi todo).</p>
<p>El 5 de agosto de 1983 el Tribunal Constitucional estimó parcialmente los recursos formulados entre otros por el Parlamento y el Gobierno catalanes contra dicha Ley y declaró inconstitucionales 14 de los 38 artículos. Lo que sorprende al leer dicha sentencia es que uno de los principales argumentos de los nacionalistas era entonces que las leyes orgánicas emanadas del Parlamento que pretendan incidir en el reparto de competencias entre el Estado y las CCAA «pueden y debe ser corregidas en última instancia por el propio Tribunal Constitucional.»</p>
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		<title>&#8220;La gente está harta y quiere un cambio&#8221;</title>
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		<pubDate>Wed, 10 Jun 2009 10:23:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
				<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<category><![CDATA[campaña]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en &#8220;El Periódico de Aragón&#8221; el día 8 de Junio de 2009

&#8220;La gente está harta y quiere un cambio&#8221;. Es la conclusión que sacó ayer, a la vista de los resultados electorales, Pilar López, que ha sido candidata de UPyD-Aragón al Parlamento europeo. López transmitió la gran satisfacción del partido por los resultados obtenidos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=503995" target="_blank">Publicado en &#8220;El Periódico de Aragón&#8221; el día 8 de Junio de 2009</a></p>
<p><img class="aligncenter size-full wp-image-32" title="Artículo en el Periódico de Aragón" src="http://pilar.lopezmarco.com/wp-content/uploads/2009/06/foto2.jpg" alt="Artículo en el Periódico de Aragón" width="450" height="559" /></p>
<p>&#8220;La gente está harta y quiere un cambio&#8221;. Es la conclusión que sacó ayer, a la vista de los resultados electorales, Pilar López, que ha sido candidata de UPyD-Aragón al Parlamento europeo. López transmitió la gran satisfacción del partido por los resultados obtenidos y por haberse situado &#8220;como la tercera fuerza política en Zaragoza&#8221;, tras superar en la ciudad a IU.</p>
<p>Este resultado, consideró Pilar López, demuestra que &#8220;hay alternativa al bipartidismo obligatorio&#8221; y que los ciudadanos están &#8220;dispuestos a apostar&#8221; por una formación como UPyD, que ha abierto una brecha destacable en la tarta electoral del país y, también, de Aragón. A su juicio, resulta &#8220;casi milagroso&#8221; que este partido, &#8220;laico&#8221; y que trabaja con escasos medios, haya obtenido un eurodiputado.</p>
<p>Pilar López subrayó que mantiene una buena amistad con Francisco Sosa Wagner, eurodiputado electo de UPyD, y se mostró convencida de que &#8220;hará un papel fantástico para los españoles y para los europeos&#8221;.</p>
<p>En la comunidad, este partido ha quedado en el cuarto puesto, a poco más de 1.600 votos de IU y 1.521 por encima de CHA.</p>
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